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VISA AMERICANA

L-1A

Transferencias temporales entre compañias

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VISA AMERICANA

L-1A

Es una visa americana de no inmigrante con propósitos de trabajo en los Estados Unidos que le permite trabajar y vivir en este país temporalmente.

Las visas americanas L están disponibles para socios, altos ejecutivos o empleados de una compañía multinacional con sede en los dos países, o que tengan la intención de abrir una nueva oficina en Estados Unidos manteniendo la casa matriz en su país de origen.

Un rasgo importante de la visa americana L1 es que la compañía que se establezca en los Estados Unidos no tiene que desarrollar el mismo tipo de negocios que la empresa Colombiana que genera la petición.​

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1.Visa americana L1-A: Es la visa para los socios, altos ejecutivos y gerentes de la compañía, tiene una duración máxima de 7 años.


2.Visa americana L1-B: Esta visa es para los profesionales que tengan conocimientos especializados, tiene una duración máxima de 5 años.

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La persona que la solicite debe haber trabajado en la compañía Colombiana por un periodo mínimo de un año dentro de los últimos 3 años.

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La compañía Colombiana debe ser una empresa real. Es decir la empresa debe tener empleados en nómina, una facturación demostrable, un lugar de operación establecido, pago de impuestos al día, publicidad, etc.

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Debe existir una sucursal de la sociedad Colombiana en los Estados Unidos. Si se trata de una empresa que hasta ahora va a comenzar sus operaciones en ese país, debe al menos constituirse la sociedad norteamericana, abrir una cuenta bancaria y tener una oficina.

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La sociedad Colombiana debe ser dueña de al menos el 51% de las acciones de la sociedad norteamericana.

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Para las visas americanas L1A cada persona tiene que aplicar y ser aprobada individualmente por el U.S Citizenship and Immigration Services.

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Existe el procedimiento llamado Blanket petition para empleadores que contratan a un gran número de personas que trasfieren cada año.

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Lo primero es tramitar el formulario del U.S Citizenship & Immigration Services (USCIS) I-129.

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Presentar los documentos pertinentes que demuestren que ambas compañías, la de Estados Unidos y la del país extranjero-Colombia, son subsidiarias o filiales.

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La aprobación de la formulario I-129 la da el USCIS por medio de un comunicado en la forma I-797. Con éste formato aprobado se puede aplicar ante el consulado de Estados Unidos. (Esto no garantiza que la visa sea otorgada).

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Diligenciar debidamente el formulario para la solicitud de la visa. DS-156.​

Obtención, mantenimiento y renovación Cuando se solicita por primera vez la visa es otorgada por un plazo de un año y puede ser renovada por dos periodos de tres años. Al cabo del primer año, la visa americana será renovada solo en caso de que las autoridades vean que la empresa norteamericana ha hecho un esfuerzo para desarrollar negocios y pueda costear sus empleados.

Lo más importante a tener en cuenta para poder acceder a las renovaciones de la visa americana L1, es que la empresa en los Estados Unidos debe ser una empresa real, es decir, debe conducir negocios, desarrollar contactos comerciales y al cabo de un tiempo razonable producir ganancias. También es importante tener en cuenta que la compañía debe generar empleo para ciudadanos o residentes de los Estados Unidos.

VISA AMERICANA

L-2

Esta visa va dirigida a la esposa e hijos menores de 21 años del principal beneficiario de la visa americana L1-A. Estas personas están autorizadas para acompañar al solicitante en su viaje o viajar después. Estas visas americanas tienen la misma validez que la visa americana L1-A, el mismo periodo de autorización y la misma fecha limite. ​

Los cónyuges del títular de una visa L (L2) recibirán una visa que les permitirá trabajar desde su llegada a los Estados Unidos de América con el empleador que ellos quieran. Vale decir, mientras el titular de una visa L-1A sólo puede encontrarse en la nómina de la compañia que patricina su visa, el cónyuge en cambio sí puede trabajar donde el/ella desee. En el año 2022 se autorizó que el cónyuge del titular de visa L-1A pueda trabajar sin necesidad de que tramite una tarjeta de autorización de trabajo (Employment Authorization Document), no obstante como hasta este año se están haciendo los ajustes necesarios para este propósito, es importante solicitar y obtener una tarjeta de autorización de trabajo para poder obtener por ejemplo una licencia de conducción.

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